El Mercado de Producto Local de Tegueste es una organización dinámica, que siempre está abierta a la incorporación de nuevos miembros/asociados que deseen formar parte de esta iniciativa que promueve el consumo de productos locales.

Los procedimientos de incorporación al Mercadillo de Tegueste, así como todo su funcionamiento, están regulados dentro del Reglamento Municipal del Mercadillo de Productos Locales del Ayuntamiento de Tegueste aprobado en el año 2013 y de su posterior modificación (a finales del año 2014) por la que se añaden nuevos productos locales a comercializar (añadido Reglamento Municipal).

Para poder acceder a comercializar los productos en el Mercadillo se puede hacer de tres maneras:

  • A través de un puesto de ocupación fija. Desde el año 2016 las incorporaciones para ocupar alguno de los puestos vacantes de manera fija, permanente, se rige por un concurso, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, para la concesión administrativa de la ocupación del dominio público municipal mediante puesto de venta en el Mercadillo de Productos Locales de Tegueste. Los requisitos son los que se determinen en cada convocatoria pero no han de distar mucho del Concurso Adjudicación del año 2016 B.O.P. de S/C de Tfe Nº135.
  • Como asociado a otro puesto de venta ya existente. El Reglamento Municipal del Mercadillo de Productos Locales de Tegueste, en su artículo 8.3  especifica que si un/a productor/a no tuviese mercancía suficiente para atender la demanda de los consumidores podrá disponer de hasta un máximo de tres productores asociados exclusivos que le surtan de productos para su venta. En este caso, para poder incorporar a un/a nuevo/a asociado/a, este debe cumplir con una serie de requisitos que dependerán de la actividad económica que vaya a realizar y que serían o para la Incorporación como agricultor (R18)  o para la Incorporación como transformador (R20).
  • Por último, con una autorización puntual de venta. Aprobado en la Junta Municipal del Mercadillo de Productos Locales de Tegueste el 06 de noviembre de 2017, esta opción es válida siempre que existan puestos de venta vacantes y mientras no se proceda a adjudicar los mismos a través de correspondiente procedimiento en régimen de concesión administrativa. Se concederán a favor de los agricultores/as, ganaderos/as, artesano/as, reposteros/as y otros productores agroalimentarios que lo soliciten y cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento Municipal del Mercadillo de Productos Locales de Tegueste y bajo los criterios de recogidos en Autorizaciones puntuales de venta (R30).

En este apartado se incluye un modelo de instancia para la solicitud de incorporación al Mercadillo como asociado a un puesto de venta ya existente (R21) y el documento relativo a la Ley Orgánica de protección de Datos (R27) que es preciso firmen las nuevas incorporaciones.

El Ayuntamiento de Tegueste, en el momento de iniciar la venta en el mercadillo, solicitará se entregue la declaración responsable de encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales y laborales. La puede descargar pinchando en el siguiente documento (DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA LOS TITULARES DE PUESTOS DE VENTA EN EL MERCADILLO DE TEGUESTE).

Para aclarar cualquier duda respecto a estos procedimientos y requisitos, pueden desplazarse al Mercadillo de Tegueste donde serán atendidos por el gerente en horario de 8,00 a 14,00 horas, los sábados y/o domingos.